Alterar los sistemas de control o aparatos contadores es un delito.
publicado por eladmin, 04/02/2020Artículo 256. Defraudación de fluidos.
El que mediante cualquier mecanismo clandestino o alterando los sistemas de control o aparatos contadores, se apropie de energía eléctrica, agua, gas natural, o señal de telecomunicaciones, en perjuicio ajeno, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses y en multa de uno punto treinta y tres (1.33) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Conoce las normas, busca siempre la legalidad y así evitarás cualquier sanción